El proyecto de Ley de “Prohibición de Tenencia de Perros Peligrosos” aprobado, este jueves, en el pleno de la Cámara de Diputados establece cárcel para los propietarios de canes que causen lesiones gravísimas o el fallecimiento contra la víctima.
Javier Zavaleta, vicepresidente de la Cámara de Diputados y proyectista de la norma, resaltó que la ley modifica el Código Penal en lo concerniente a las lesiones gravísimas que podría causar un perro peligroso contra alguna persona. “En tal caso, el propietario del animal podrá ser privado de libertad entre uno a tres años. Si el daño causare la muerte de la víctima, la pena subirá a cuatro años”, dijo.
Entre los aspectos más relevantes del proyecto que fue remitido a la Cámara de Senadores, según el legislador, se establece la obligatoriedad de solicitar una licencia de crianza de perros peligrosos ante los gobiernos municipales y registrarlos en la Policía.
La propuesta determina además que los propietarios de esos animales deben adquirir un seguro obligatorio que cubra hasta 32 salarios mínimos nacionales, “en caso de que una víctima del perro requiera atención médica, y no menor de 90 salarios mínimos nacionales en caso de muerte”.
El presidente de la Cámara de Diputados, Marcelo Elío, agregó que “el proyecto no prohíbe la tenencia de perros peligrosos”, sino regula la crianza de esos animales para que las personas que decidan hacerlo cumplan una serie de requisitos, para evitar daños a terceras personas.
American Staffordshire Terrier, American Staffordshire Bull Terrier, Pit Bull Terrier, Bull Terrier, Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano y Tottweiler, son las razas consideradas peligrosas para la crianza.
Fuente:Oxigeno
0 Comments:
Publicar un comentario