La Paz, 27 May (Erbol).- El gobernante Movimiento al Socialismo (MAS) decidió mantener esta madrugada la censura previa, establecida en el artículo 82 de la Ley de Régimen Electoral, al mantener el inciso c del parágrafo II y derogar el parágrafo IV, que prohíbe a los ciudadanos opinar sobre los postulantes, pero no a las autoridades, quienes sí van a poder hablar sobre los candidatos al órgano judicial.

La decisión fue asumida en la Cámara de Senadores, donde aprobó la modificación al artículo 82 de la Ley del Régimen Electoral sin introducir ningún cambio al documento aprobado en la víspera en Diputados, lo que implica que los candidatos a magistrados del Órgano Judicial podrán participar en programas de medios de comunicación, pero, paradójicamente, éstos están prohibidos de dar espacios de participación en emisiones radiofónicas o televisivas a cualquier postulante. Esta contradicción se presenta debido a que fue derogado el inciso c del parágrafo I, que prohibía a los candidatos participar en programas; pero se mantiene el inciso d del parágrafo II, que impide que los candidatos vayan a los medios.

El senador del MAS, Eduardo Maldonado, lamentó que el texto aprobado por sus compañeros de bancada tenga incongruencias que bien pudieron ser enmendadas, porque con esta decisión se pueda perjudicar el proceso electoral del 16 de octubre próximo y dar lugar al nacimiento de un Órgano Judicial debilitado.

“Las modificaciones que se han hecho en la Cámara de Diputados pretenden un poco flexibilizar esta situación. De mi parte he advertido alguna incongruencia en el texto, lo he dicho en el pleno de la Cámara de Senadores. No podemos darnos el lujo de que nazca u poder judicial debilitado, mermado en su capacidad, en su fuerza como Órgano de Poder”, afirmó.

En tanto, la también senadora masista, Sandra Soriano, manifestó que se aprobó una reglamentación que evitará la propaganda en favor de uno u otro candidato, pero que a la vez permitirá conocer sus antecedentes personales y su trayectoria profesional.

“Esto ya define la ruta a seguir en lo que significa el proceso de preselección. El Órgano Electoral será el que reglamente para que vaya en ese marco constitucional de evitar una propaganda, lo que se quiere es dar a conocer los méritos de cada postulante. La población tiene que conocerlos y eso es lo que se aprobó en los hechos”, señaló.

Según algunos representantes del MAS, la decisión de evitar espacios de opinión tiene el propósito de proteger la honorabilidad de los candidatos y evitar que los periodistas hagan preguntas “fuera de lugar” en franca contradicción de la normativa que prohíbe la censura previa (artículos 21 y 106 de la Constitución y 13 de la Convención Americana), debido a que ninguna persona puede ser sancionada antes de que emita su opinión. El artículo 82 de la Ley de Régimen Electoral prohíbe la opinión de la gente antes de escuchar lo que va a decir.

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